
Semana Santa 2002
Celso Ortiz, compañero en el viaje escribió en "OPINIÓN" de Almería un artículo del que extraemos lo siguiente :
Semana Santa en Egipto
Después de haber pasado casi medio mes en Egipto tendrá que pasar otro medio para despejar mi mente atrapada en la magia de colores, olores, sonidos y afectos que me han acompañado Río Nilo arriba, desde el templo de Abu-Simbel en la baja Nubia, hasta las famosas Pirámides de Giza en las proximidades del Cairo.
Como sería muy pretencioso que a estas alturas yo intentara decir algo acerca de lo que significa Egipto en la historia de la humanidad, me voy a referir a una noticia que apareció en la portada de los periódicos del país.
Los Tribunales de Justicia, después de un largo proceso de no sé cuantos años, concedieron el divorcio a una ciudadana que pudo demostrar que durante los dos últimos, profesaba la religión musulmana. Me explico. En Egipto, dónde el 90% de la población es de religión musulmana, del resto, la mayoría son cristianos coptos. La religión cristiana no permite el divorcio y la musulmana sí. Cuando se inició el proceso la interesada pertenecía a la comunidad copta y los tribunales resolvieron en contra. Tras haberse convertido a la religión musulmana recurrió la sentencia y, transcurrido un período de dos años, los tribunales fallaron a su favor.
No sé si la noticia les parecerá interesante, pero yo saqué las siguientes conclusiones : Que el estado es aconfesional puesto que no obliga a la práctica de una religión concreta. Que siendo un país árabe en donde la religión musulmana predomina de forma abrumadora, se protege de la misma manera a las confesiones religiosas minoritarias. Que si una persona está comprometida con una religión tiene que ser consecuente y cumplir con las normas de su iglesia. Que lo que el derecho no permite es la doble moral de pertenecer a una comunidad religiosa y pasarse por el forro los preceptos que no interesan. Pregunté, y me dijeron que los agnósticos tampoco tienen ningún problema.